Agrupadora o Agremiadora Autorizada por El Ministerio de la Protección Social
Avanti Colombia, con Resolución Numero 003640 de 2009 del Ministerio de la Protección Social, En Esta Modalidad todas las personas que se afilien con Avanti Colombia quedan bajo la modalidad o figura de Independientes Agremiados, Es decir no genera ningún vínculo laboral con la Empresa contratante ya que en el proceso con todas las administradoras o aseguradoras de Seguridad Social queda ACTIVO con servicios plenos y el Ingreso se hace con la planilla Pila, Es decir ingresan con pago adelantado y con todos los servicios y coberturas de las entidades a que se inscriba.
En la afiliación se da cumplimiento a las exigencias de las entidades competentes para hacer afiliaciones colectivas por medio de un permiso de forma legal según Decreto 3615 de 2005, Decreto 2313 de 20016 y Decreto 2800, así sometiéndonos a cada reforma de la legislación, Cumpliendo con los estándares pedidos en el Decreto 1072 de 2015 Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo SGSST (Sistema de Gestion de Seguridad y Salud en el Trabajo) y Con Aportes segun Requerimiento de la UGPP
Ejemplo:
Salud Independiente 12.5 %
Pensión 16%
ARL Según Corresponda la actividad económica del y del centro de Trabajo.
Caja de Compensación Independiente 2% Solo se paga este porcentaje porque queda Sin Beneficio de Compensación Económica, sin subsidio, pero tiene los demás beneficios
ARL Según Corresponda la actividad económica del y del centro de Trabajo.